¿Qué es el IRPF?
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el principal impuesto directo del sistema fiscal español. Grava la renta total obtenida durante el año por una persona física residente en España, independientemente de su origen: trabajo, alquileres, dividendos, ganancias patrimoniales…
Para los trabajadores por cuenta ajena, la empresa actúa como agente retenedor: calcula cada mes la parte proporcional del IRPF anual estimado, la descuenta del salario y la ingresa directamente en la Agencia Tributaria. Así, en lugar de pagar el impuesto de golpe al año siguiente, lo vas anticipando en cada nómina.
Su regulación básica está en la Ley 35/2006 (LIRPF) y su reglamento en el Real Decreto 439/2007 (RIRPF). Los tipos se actualizan con los Presupuestos Generales del Estado.
Del bruto a la base liquidable
El IRPF no se aplica directamente al salario bruto. Antes hay que llegar a la base liquidable, que es la cantidad sobre la que finalmente se aplican los tramos. El camino tiene varios pasos, y cada uno reduce la cifra tributada.
• Cuotas SS pagadas por el trabajador: 30.000 × 6,45% = 1.935 €
• Gasto genérico por trabajo (art. 19.2.f): 2.000 € (fijo para todos los asalariados)
• Reducción por rendimientos del trabajo (art. 20): 0 € en este caso (aplica solo cuando el salario neto previo no supera 19.747,50 €)
Los tramos del IRPF 2024: escala estatal + autonómica
El IRPF tiene una parte estatal —igual en toda España— y una parte autonómica que cada comunidad aprueba dentro de sus competencias. La suma de ambas da el tipo combinado que aplica en tu CC.AA.
En nuestro ejemplo usamos Madrid. Los tramos estatales son los mismos en todas las comunidades de régimen común; los autonómicos pueden diferir varios puntos entre sí.
| Base liquidable | Tipo estatal | Tipo autonómico (Madrid) | Tipo combinado |
|---|---|---|---|
| 0 – 12.450 € ← aplica | 9.50% | 9.00% | 18.50% |
| 12.450 – 20.200 € ← aplica | 12.00% | 11.20% | 23.20% |
| 20.200 – 35.200 € ← aplica | 15.00% | 13.30% | 28.30% |
| 35.200 – 60.000 € | 18.50% | 17.90% | 36.40% |
| 60.000 – 300.000 € | 22.50% | 21.00% | 43.50% |
| > 300.000 € | 24.50% | 21.00% | 45.50% |
Los tramos marcados son los que alcanzan los 26.065 € de base liquidable del ejemplo. Fuente: Ley 35/2006 LIRPF, art. 63 y Ley 6/2023 de Presupuestos de la Comunidad de Madrid.
Cálculo paso a paso sobre 26.065 € de base
Cada euro tributa solo al tipo del tramo en que cae. Nunca al tipo más alto de todo el salario. El gráfico muestra la cuota estatal generada en cada tramo:
Cuota estatal por tramo (los tramos grises no se alcanzan con 26.065 € de base)
El desglose completo, separando la parte estatal y la autonómica de Madrid:
| Tramo | Base en tramo | Cuota estatal | Cuota Madrid | Total tramo |
|---|---|---|---|---|
| 0 – 12.450 € | 12.450 € | 9,50% = 1.183 € | 9,00% = 1.121 € | 2.304 € |
| 12.450 – 17.707 € | 5.257 € | 12,00% = 631 € | 11,20% = 589 € | 1.220 € |
| 17.707 – 20.200 € | 2.493 € | 12,00% = 299 € | 13,30% = 332 € | 631 € |
| 20.200 – 26.065 € | 5.865 € | 15,00% = 880 € | 13,30% = 780 € | 1.660 € |
| Total cuota íntegra (antes de mínimo personal) | 2.993 € | 2.822 € | 5.815 € | |
Los primeros 12.450 € de base siempre tributan al 18,5% combinado (9,5% + 9%), independientemente de cuánto ganes en total. Solo los euros entre 20.200 y 26.065 tributan al 28,3% (15% + 13,3%).
Si supieras que el tramo más alto aplica al 100% de tu salario, alguien con 30.000 € pagaría 8.490 € de IRPF. La realidad es solo 5.815 € antes del mínimo personal.
El mínimo personal: la renta que no tributa
La ley establece que existe una renta mínima necesaria para vivir que no debe tributar. A eso se llama mínimo personal y familiar (arts. 57–61 LIRPF). El importe base para cualquier contribuyente es 5.550 €/año. Si tienes hijos, ascendientes dependientes o discapacidad reconocida, el mínimo aumenta.
El mecanismo no consiste en restar 5.550 € de la base; consiste en calcular la cuota que corresponde a esos 5.550 € y restarla de la cuota íntegra:
• Estatal: 5.550 × 9,50% = 527 €
• Madrid: 5.550 × 9,00% = 500 €
• Total a restar: 1.027 €
Para dos hijos menores de 25 años convivientes, el mínimo familiar asciende a 5.550 + 2.400 + 2.700 = 10.650 € (el segundo hijo puntúa más que el primero). Eso genera una cuota a restar de casi 2.000 €, reduciendo sensiblemente el IRPF final.
La calculadora de nómina aplica todos los supuestos automáticamente.
Tipo medio vs tipo marginal: el malentendido más frecuente
Existe un mito muy extendido: "Si me sube el sueldo y entro en un tramo más alto, me compensa menos." Es completamente falso. Entender la diferencia entre tipo medio y marginal lo deja claro de una vez.
El tipo que se aplica al último euro ganado; es decir, el tipo del tramo más alto que alcanzas. Para 30.000 € de bruto (26.065 € de base) el último tramo alcanzado es el de 20.200–35.200 €:
15,00% estatal + 13,30% Madrid
Solo sobre los euros en ese tramo
Lo que pagas de media sobre el total del salario bruto. Es la única cifra que mide el coste real del impuesto para ti:
4.787 € ÷ 30.000 €
Es lo que realmente pagas por cada 100 € ganados
Imagina que tu empresa te sube 1.000 € más al año (de 30.000 a 31.000 € brutos). Ese euro extra cae en el tramo del 28,30%: pagarías 283 € más de IRPF sobre esos 1.000 €. Te quedarías con 717 € netos adicionales.
Nunca perderías dinero por ganar más. La subida siempre aumenta el neto; solo varía cuánto te queda de cada euro extra.
Fuentes: Ley 35/2006 LIRPF, RD 439/2007 RIRPF, Ley 6/2023 de Presupuestos de la Comunidad de Madrid, AEAT — Manual Renta 2024.