¿Qué es la cotización a la Seguridad Social?
La cotización a la Seguridad Social (SS) es una contribución obligatoria que financia el sistema público de protección social: pensiones de jubilación, desempleo, bajas médicas, prestaciones por maternidad y paternidad, incapacidades y accidentes laborales, entre otros.
A diferencia del IRPF —que es un impuesto general—, las cotizaciones están directamente vinculadas a prestaciones futuras concretas. Cada euro que cotizas va acumulando bases de cotizaciónque determinan, por ejemplo, cuánto cobrarás de pensión o cuánto tiempo tienes derecho al desempleo.
La normativa básica está en la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015). Los tipos se aprueban cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
La base de cotización: sobre qué se calculan los porcentajes
La base de cotización es el importe mensual sobre el que se aplican los tipos. No es exactamente el salario que recibes en mano cada mes: incluye siempre la prorrata de las pagas extra, aunque estas se paguen en junio y diciembre.
En nuestro ejemplo de 30.000 € brutos en 14 pagas, el cálculo de la base mensual es:
- Salario de cada paga: 30.000 € ÷ 14 = 2.142,86 €
- Prorrata de las dos pagas extra: (2 × 2.142,86 €) ÷ 12 = 357,14 €/mes
- Base de cotización mensual: 2.142,86 + 357,14 = 2.500,00 €/mes
- Base anual total: 2.500 × 12 = 30.000 € ✓
En los meses normales (sin paga extra) tu bruto es 2.143 € pero tu base de cotización es 2.500 €. Por eso la SS que aparece en nómina (162,50 €/mes) parece proporcionalmente mayor al salario recibido ese mes.
La empresa cotiza siempre sobre la base anual distribuida en doce meses, con independencia del devengo mensual real.
Lo que paga el trabajador: 6,50% → 1950 €/año
El trabajador aporta el 6.50% de la base de cotización mensual. Esta cantidad se descuenta directamente de tu salario bruto y aparece como deducción en la nómina. Para 2.500 €/mes de base:
Son el concepto más amplio. Su cuota financia la enfermedad común (la baja normal del médico), los accidentes no laborales, el embarazo, la maternidad, la paternidad, la jubilación y la incapacidad permanente.
El 4,70% que paga el trabajador se suma al 23,60% de la empresa, resultando en un 28,30% combinado solo para esta cobertura.
Lo que paga la empresa: ~32.15% → 9645 €/año
La empresa paga una cuota separada —y mucho mayor— por cada trabajador. Este importe no aparece en tu nómina, pero forma parte del coste real que tienes para tu empleador. Es dinero que sale de la empresa por tenerte contratado, aunque tú nunca lo veas.
Para un trabajador con 30.000 € de salario bruto, el coste total para la empresa es:
- Salario bruto: 30.000 €
- + SS empresa: +9645 €
- = Coste total: 39.645 €
El tipo por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT/EP) lo fija el Ministerio de Inclusión en función del código CNAE de la actividad. Una oficina de consultoría puede pagar ~0,90%; la construcción puede superar el 7%.
El 1,50% del ejemplo es una media orientativa del sector servicios. Este coste lo asume íntegramente la empresa.
Comparativa visual: trabajador vs empresa
El gráfico muestra los tipos de cada concepto. La asimetría es clara: la empresa aporta entre 5 y 6 veces más que el trabajador en contingencias comunes, que es la partida mayor:
Topes de cotización 2026: mínimos y máximos por grupo
Las cotizaciones no se aplican sobre un importe ilimitado. Cada trabajador tiene asignado un grupo de cotización según su categoría profesional, y cada grupo tiene una base mínima y una base máxima. La base máxima en 2026 es 5.101,20 €/mes(61.214,40 €/año): si tu salario la supera, las cotizaciones ordinarias se calculan solo hasta ese límite. Desde 2025, por la parte que excede se paga además una pequeña cotización adicional de solidaridad (en 2026, del 1,15% al 1,46% según el tramo, repartido entre empresa y trabajador).
| Grupo | Categoría | Base mínima/mes | Base máxima/mes |
|---|---|---|---|
| 1 | Ingenieros y Licenciados | 1.989,30 € | 5.101,20 € |
| 2 | Ingenieros Técnicos y Peritos | 1.649,70 € | 5.101,20 € |
| 3 | Jefes Administrativos y de Taller | 1.435,20 € | 5.101,20 € |
| 4 | Ayudantes no Titulados | 1.424,40 € | 5.101,20 € |
| 5 | Oficiales Administrativos | 1.424,40 € | 5.101,20 € |
| 6 | Subalternos | 1.424,40 € | 5.101,20 € |
| 7 | Auxiliares Administrativos | 1.424,40 € | 5.101,20 € |
| 8–11 | Oficiales, Peones y similares | 47,48 €/día | 170,04 €/día |
Fuente: Seguridad Social — Bases y tipos de cotización 2026. Nuestro ejemplo (base 2.500 €/mes) está por debajo del máximo, por lo que cotiza al tipo completo.
¿Qué derechos genera cada cuota?
Cada concepto de cotización financia una prestación específica. La tabla siguiente muestra qué obtienes a cambio de cada punto porcentual:
- Contingencias comunes: baja por enfermedad común (a partir del 4.º día), accidente no laboral, pensión de jubilación, incapacidad permanente, maternidad y paternidad. Es el bloque más amplio y el que más pesa en la cuota.
- Desempleo: la prestación por paro. Para cobrarla necesitas haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. La duración (4–24 meses) y el importe (70–50% de la base reguladora) dependen de los años cotizados.
- Formación Profesional: financia el sistema de formación bonificada para empresas y trabajadores (FUNDAE). Puedes acceder a cursos gratuitos con cargo a estos fondos.
- FOGASA (Fondo de Garantía Salarial): garantiza el pago de hasta 120 días de salario si tu empresa quiebra o entra en concurso de acreedores. Solo lo paga la empresa.
- MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional): creado por la Ley 21/2021, refuerza el Fondo de Reserva de la SS para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones a largo plazo. Vigente desde enero de 2023.
- AT/EP: baja y prestación por accidente laboral o enfermedad profesional. Empieza desde el primer día (sin carencia). Lo paga íntegramente la empresa.
La base reguladora de la jubilación se calcula con las bases de cotización de los últimos 25 años. Desde 2026, con la reforma del RDL 2/2023, se aplica de forma gradual una alternativa: los últimos 29 años descartando los 2 peores, y se usa la opción que te resulte más favorable. Cuanto mayor sea tu base de cotización en esos años, mayor será tu pensión de jubilación.
Sobre esa base reguladora se aplica un porcentaje según los años cotizados: el 50% con 15 años y el 100% con 36 años y 6 meses en 2026 (37 años a partir de 2027). Con 35 años cotizados rondaría el 96%, sujeto a los límites de pensión máxima y mínima del sistema.
Fuentes: RDL 8/2015 (LGSS), Seguridad Social, Ley 21/2021 de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, Orden PJC/297/2026 de cotización 2026.